Guía Participación para Viveros
Residentes de hogares, edificios y juntas de vecinos podrán contratar directamente el servicio de “Siembra tu frente” de viveros certificados previamente por el Ayuntamiento.
- Residente verifica el espacio disponible para siembra en su frente inmediato y realizan mediciones básicas (ancho acera, ancho área verde, longitud área verde) y presencia o no del cableado.
- Residente elige la especie que desean sembrar utilizando la Guía de Especies Permitidas publicada en la página web.
- Residente consulta la Lista de Viveros Certificados para contratar el servicio de siembra con el vivero de su preferencia.
- Residente llena un formulario digital para solicitar un permiso de siembra al Departamento de Gestión Ambiental de la Alcaldía. El formulario contiene fecha, ubicación, especie, datos del residente/edificio/junta de vecinos.
- Departamento de Gestión Ambiental de la Alcaldía revisa y otorga permiso de Siembra tu Frente.
- Residente contacta al vivero para coordinar la Siembra de Frente. Vivero proporciona a residente informaciones sobre el cuidado de su(s) nueva(s) planta(s).
- Gestión Ambiental realiza inspección aleatoria para fiscalizar la siembra de viveros.
- Llenar el formulario digital con las siguientes informaciones:
- Nombre del vivero/ jardinería
- Dirección del vivero/ jardinería
- Nombre del representante
- Documentación (cédula/pasaporte) del representante
- Celular / Teléfono de contacto
- Correo electrónico
- Leer y aceptar términos, condiciones y compromisos que asume el vivero para participar en el programa
- Departamento de Gestión Ambiental de la Alcaldía revisa la solicitud y envía notificación al representante del vivero con su certificación.
- Se agrega su vivero a la Lista de Viveros Certificados en la Página Web para que los residentes puedan contactarlo.
- Vivero ya puede ofrecer el servicio de siembra.
- La planta / las plantas
- Traslado de la planta desde el vivero hasta la ubicación exacta de la siembra
- Personal operativo para la siembra
- Insumos necesarios para la siembra (Ej:tierra negra, sustrato vegetal, etc)
- Respecto a las plantas
- Utilizar únicamente las especies arbóreas que aparecen en la Guía de Especies Permitidas.
- Efectuar la plantación de acuerdo al espacio disponible para siembra y los marcos de plantaciones de cada especie, según lo especificado en la Guía. Asimismo, considerar las condiciones físicas del suelo y las necesidades de las plantas.
- Si hay presencia de cableado en el espacio disponible para siembra, solamente podrán utilizarse especies de Porte Bajo (Altura menos de 8 metros). Ver en Guía.
- Ofrecer plantas con tamaños no menores a 3 pies de altura.
- Disponer plantas con estándares de salud aceptables:
- Sin signos de plagas.
- Variables estructurales:
- Tronco libre de heridas traumáticas u originadas por podas incorrectas. No es aceptable una forma débil, con troncos múltiples que se presionan unos contra otros, o con ramas verticales apretadas contra el tronco.
- La copa del árbol debe tener una forma equilibrada, con un único fuste relativamente derecho y con ramas bien espaciadas.
- Respecto al servicio
- Brindar servicio de siembra completo en la ubicación solicitada por el residente, que incluye la planta, su traslado y el personal operativo necesario para la siembra.
- Tener en consideración que se sancionarán los actos que no se ejecuten según los compromisos anteriores. Por ejemplo, sembrar especies no incluidas en la Guía de Especies Permitidas y/o sembrar sin autorización de Dpto. Gestión Ambiental del Ayuntamiento.